jueves, 31 de diciembre de 2015


UN NUEVO ERROR EN LA GESTIÓN CURRICULAR DEL MINISTERIO
EN LA DIRECTIVA PARA EL AÑO ESCOLAR 2016
Por Juan Borea Odría


En medio de algunos aciertos, la gestión curricular del actual gobierno ha sido muy mala; tras tres
intentos de Marco Curricular sumamente cuestionados, el Ministro Saavedra decidió a fines de 2014
iniciar un nuevo proceso que recogiese los aportes de la sociedad civil, específicamente los aportes
del evento organizado en octubre de 2014 por el CNE, que fueron muy críticos con lo presentado.
Fruto de ello, la Directiva para el Año Escolar 2015 no tocó el tema curricular, y únicamente dijo lo
siguiente: “Durante el 2014 el Ministerio de Educación impulsó un proceso de revisión y consulta de
la propuesta del nuevo marco curricular nacional con expertos nacionales e internacionales y
diversos actores de la comunidad educativa. Para el 2015 se desarrollará la validación de dicha
propuesta en un grupo de instituciones educativas, cuyos resultados permitirán realizar los ajustes
que sean necesarios para orientar la planificación, la ejecución, la evaluación y sobre todo, el logro
efectivo de aprendizajes en los estudiantes”.

Esto dio cierta tranquilidad a la comunidad educativa, que estaba muy confundida con la profusión
de documentos inconexos (Aprendizajes fundamentales, diversas versiones del Marco Curricular,
Mapas de Progreso, Rutas de Aprendizaje, incluso “autopistas de aprendizaje” ideadas por algunas
UGEL); se esperaba un nuevo proceso de elaboración y la necesaria consulta. Sin embargo y de
manera inesperada el 25 de marzo de 2015, cuando se había iniciado el año escolar y las
programaciones estaban hechas, se publica la R.M. 199-2015-ED que modifica el Diseño Curricular
Nacional vigente.

Son curiosos, por decir lo menos, los considerandos de esta R.M. Pues recurre a una parte del Art.
27° del Reglamento de la Ley General de Educación, pero no a la que está en el siguiente párrafo
del mismo artículo, que dice textualmente “la construcción de este currículo es fruto de un proceso
de consulta amplia con la comunidad educativa, las organizaciones sociales y comunales, otros
agentes del Estado y la sociedad civil”. Claro, ese olvido interesado se debía que no se había dado
dicha consulta.

Tampoco la R.M. 199 cita en sus considerandos otro párrafo del mismo Art. 27°, el que
textualmente dice “La aprobación o modificación se realiza sobre la base de un proceso de consulta
y con opinión del Consejo Nacional de Educación”. ¿Fue consultado el CNE de Educación para esta
modificación? La R.M. dice que “el informe de la propuesta de modificatoria se formuló
considerando diversos estudios; así como las consultas y recomendaciones del Consejo Nacional de
Educación”. Y con toda seguridad no fue consultado, pues los Consejeros se enteraron de la
Resolución Ministerial cuando fue publicada. Los únicos aportes del CNE fueron los producidos en
el evento organizado por ellos antes citado, que cuestionó el proyecto presentado; y no hubo ninguna
consulta para la modificación del DCN como estipula la norma.

Debemos decir con claridad que esta modificación no es algo pequeño, un reajuste menor. Afecta las
áreas curriculares de Comunicación, Ciencia y Ambiente, Ciencia Tecnología y Ambiente,
Matemática, Personal Social, Persona, Familia y Relaciones Humanas, Historia, Geografía y
Economía y Formación Ciudadana y Cívica. Es decir, deja fuera de la modificación solamente a las
áreas curriculares de Educación Religiosa, Arte, inglés y Educación Física, áreas que
tradicionalmente no han sido consideradas básicas.

Y no son solo “algunas competencias y capacidades”, es un texto extenso; sin entrar a un análisis
detallado que implicaría un tiempo y un espacio que exceden a los límites de un artículo, me referiré
solamente a su extensión. Se criticaba al DCN que era muy extenso; pero si comparamos solo la
superficie, vemos que las páginas del DCN dedicadas a las competencias y capacidades en sí, a partir
del II ciclo, que es desde donde se hacen las modificaciones, no pasan de 200; y en un formato de
letra grande, con gráficos y fotos. La R.M. 199 tiene en este rubro 132 páginas de letra menuda, que
si la ampliáramos y diagramásemos con el estilo del DCN fácilmente pasarían las 200 páginas…sólo
las modificaciones.

Otro tema discutible es que la lógica de estas modificaciones no se condicen con la lógica del DCN,
tienen el enfoque de lo que iba a ser el marco curricular. Y un currículo tiene que ser algo holístico,
integral, no una “colcha de retazos” tomados de documentos con lógicas distintas (disculpen el
ejemplo pero creo que es ilustrativo).

Por otro lado, la R.M. 199 incluye indicadores, que no existen en el DCN. ¿Tiene el Ministerio que
poner indicadores, que son algo muy específico? ¿Se pueden poner indicadores desde una oficina de
Lima para todo el país? ¿No debería ser esa una tarea de los maestros, de los Proyectos Curriculares
Institucionales? Hay que señalar con claridad que un currículo frondoso y detallista incumple con el
Art. 16º de la Constitución, que a la letra dice: “El Estado coordina la política educativa, formula los
lineamientos generales de los planes de estudio, así como los requisitos mínimos de la organización
de los centros educativos. Supervisa su cumplimiento y la calidad de la educación”. Si los
funcionarios del Ministerio desconfían de la capacidad de los profesores para poner indicadores,
podría sugerirlos como un anexo del nuevo currículo, pero de ninguna manera pueden imponerlos.
Nadie entendía la razón de este documento, ni su urgencia para publicarse a fines de marzo. ¿Por qué
no esperar a tener listo el nuevo currículo? ¿Eran tan trascendentales las modificaciones que su
ausencia hubiese significado una pérdida catastrófica en la educación de los estudiantes? Para tratar
de entenderlo organicé una reunión de directores de colegios a la que gentilmente asistió la Directora
de EBR a explicarnos, pero todos salimos con la misma confusión y repitiéndonos las mismas
preguntas, a las que todavía no encontramos respuesta.

Algunos preguntarán por qué recién alzamos la voz de protesta ante esta modificación curricular
inconsulta. La razón es sencilla: muchos de los que ordinariamente opinamos no hicimos mayores
comentarios porque sabíamos que esta R.M. no iba a ser aplicada el 2015 por extemporánea y por
falta de legitimidad, y que dándose cuenta de ello las autoridades del Ministerio discretamente iban a
derogarla o dejarla en el olvido, como ha sucedido en otras ocasiones en que se corrige algo sin hacer
mucho aspaviento. Puedo suponer que esta fue una de las razones por las cuales el Consejo Nacional
de Educación tampoco reclamó ante el hecho no haber sido consultados.

En mi caso este razonamiento fue avalado por preguntas que hice a cientos de profesores en diversos
encuentros durante el año 2015; al inicio de mi intervención preguntaba si alguien conocía esta
resolución modificatoria. Nunca encontré que más del 5% la conociese; entre quienes la desconocían
estaban dos Directores de UGEL, de quienes por razones obvias no puedo dar su nombre; mi segunda
pregunta era solamente a los profesores que la conocían si la aplicaban, y allí la respuesta fue el 0%.
Pero no ha sucedido así; con sorpresa encuentro en la Directiva para el Año Escolar 2016 aprobada
por la R.M. 0572-2015-ED, que el inciso 5.2.1 Mejora de la calidad de los aprendizajes, dice que

“Para el año 2016 se implementará la R.M. N° 199-2015-MINEDU que modifica parcialmente el
DCN vigente en cuanto a las competencias y capacidades de algunas áreas curriculares”.
Es por ello que corresponde elevar nuestra voz para pedir que esta R.M. sea derogada, entre otras por
las siguientes razones:

a) La modificación del DCN establecida por la R.M. 199-2015 no tiene ninguna legitimidad, pues
incumple la consulta a la sociedad civil y al Consejo Nacional de Educación a la que obligan el
Art. 34° de la Ley General de Educación y el Art. 27° de su Reglamento.
b) El Ministerio prácticamente ha culminado la elaboración de una nueva propuesta curricular, la
que esperamos, será consultado adecuadamente para ser implementada el 2017 luego de recibir
los aportes de la comunidad educativa. ¿Para qué implementar esta R.M. ahora y no esperar al
nuevo currículo?
c) Lograr que los funcionarios, docentes, padres y estudiantes incorporen en sus imaginarios un
nuevo currículo requiere un proceso de largo aliento, que dura años. Incorporar ahora estos
añadidos que plantea la R.M. 199, añadidos que no tienen la misma lógica del DCN, será un
factor en contra cuando el Ministerio intente implementar el nuevo currículo. ¿Por qué aumentar
el escepticismo que tenemos legítimamente los maestros ante tantos proyectos inconsultos y
fallidos?
d) Estamos en una gestión de salida, a la que le faltan apenas siete meses… ¿por qué no dejar que
sea la próxima gestión la que, con el aval de las urnas, asuma esta tarea? Recogiendo por supuesto
los estudios realizados.

Hago un llamado a las autoridades del Ministerio para que, atendiendo a estos razonamientos, dejen
sin efecto esa modificación curricular; denle fuerza a la propuesta que están presentando, no generen
resistencias que recaerán en la presentación del nuevo currículo.

Invoco al Consejo Nacional de Educación para que hagan respetar sus fueros; y a la comunidad
educativa a que eleve también su opinión. El currículo es uno de los factores claves de la calidad
educativa, tal como lo señala el Art. 13° de la Ley General de Educación; esto lo entendemos sobre
todo los maestros. Pidamos que se nos escuche.

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